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En fecha 5 de julio se constituyó en el local de la organización SOMOSGAY, el funcionario Julio Ozuna en su carácter de fiscalizador, labrando un acta de que el local “posee anuncios” y que el mismo contraviene la Ord. 15/96 que regula la publicidad en el dominio público municipal o perceptible desde este dominio”, específicamente en su art. 27 referente a permiso para la instalación de anuncios. La notificación fue dejada bajo la puerta.
En fecha 5 de julio se constituyó en el local de la organización SOMOSGAY, el funcionario Julio Ozuna en su carácter de fiscalizador, labrando un acta de que el local “posee anuncios” y que el mismo contraviene la Ord. 15/96 que regula la publicidad en el dominio público municipal o perceptible desde este dominio”, específicamente en su art. 27 referente a permiso para la instalación de anuncios. La notificación fue dejada bajo la puerta.
En el acta, en ningún lugar aparece como responsable la organización o su representante legal, ni se consigna la cuenta catastral del inmueble, sino como nombre del imputado aparece “Besatón” y como dirección del mismo Manduvira 367 c/ Chile (dirección de SOMOSGAY). La funcionaria que imputa a “Besatón” es Norma Barrientos.
Extraoficialmente se ha podido averiguar el motivo de la supuesta imputación y explican que fue a raíz de la nota de la organización FEDAVIFA, presentada a la Intendencia Municipal el 13 de mayo de este año, en la cual se solicitaba la sanción de la organización SOMOSGAY por organizar el Besatón 2011.
Es importante señalar que la SOMOSGAY no cuenta con carteles, sólo con una placa con el nombre de la organización y el número de teléfono, ubicada al costado de la puerta principal de la propiedad, en estricto cumplimiento de la ordenanza 15/96 articulos 27.1 y concordantes, la organización es una asociación sin fines de lucro, por lo que no realiza “publicidad” en los términos entendidos en la citada ordenanza: “se entiende por publicidad, la acciones y medios empleados para dar a conocer, informar, ofrecer, promover o divulgar empresas, servicios, productos, artículos u otros bienes”, todas actividades lucrativas que no son anunciadas por la organización en ninguna forma.
Los hechos anteriormente relatados, dado el sinsentido de los mismos, llevan a la presunción de que se trata de una grave negligencia con base en una persecución ideológica que busca amedrentar a la organización. Se pone estos hechos al conocimiento de la opinión pública.
Es por ello que se denuncia esta situación de persecución ideológica de la que la organización SOMOSGAY es víctima por parte de la Municipalidad de Asunción, instrumentada en el hecho que se narra anteriormente. Este tipo de prácticas en el que se utilizan bienes e instituciones públicas contra la ciudadanía, corresponden a una época felizmente superada en la historia de nuestro país y se reafirma el compromiso de SOMOSGAY de oponerse a ellas en cualquiera de sus formas.